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¿Qué es la Ley N° 21.453 y cuáles son sus alcances? (Actualizada)

La nueva medida de la Ley N° 21.453, modifica el Código Tributario (D.L. N° 830, de 1974) con vigencia a partir del 1.09.2022
Leonardo Zúñiga - Editor
3 Min de Lectura
Ley 21453
Ley 21453

El 30 de junio pasado se publicó la Ley N°21.453 que incorpora el artículo 85 bis al Código Tributario, disponiendo que los bancos, entre otras instituciones financieras que señala la ley, deberán proporcionar al Servicio de Impuestos Internos (SII) información sobre los saldos así como las sumas de abonos que mantengan los titulares que sean personas naturales o jurídicas o patrimonios de afectación, con domicilio o residencia en Chile o que se hayan constituido o establecido en el país.

Los productos e instrumentos que se deben informar por parte de los bancos son: Cuentas Corrientes Bancarias, Depósitos a Plazo, Depósitos a la Vista o Vales Vista, Cuentas de Depósito a la Vista, Cuentas de Ahorro a Plazo, Cuentas de Ahorro a la Vista, Cuentas de Ahorro a Plazo para la Vivienda, Cuentas de Ahorro a Plazo con giros diferidos, y Cuentas de Ahorro a Plazo para la Educación Superior reguladas por el Banco Central de Chile conforme al artículo 35, N° 1, de su ley orgánica.

De acuerdo a la ley, la entidad debe informar al SII el saldo o valor, así como la suma de los abonos efectuados a los productos o instrumentos antes señalados pertenecientes a los titulares de las mismas, únicamente cuando el saldo o suma de abonos efectuados a dichos productos o instrumento, individualmente considerados o en su conjunto, registren un movimiento diario, semanal o mensual, igual o superior a 1.500 Unidades de Fomento, (a modo referencial $54.845.805, según UF de 30/11/2023), sin atender para estos efectos al número de titulares a que pertenezcan.

La referida información debe ser enviada por el banco al SII de manera anual, a más tardar dentro de los primeros 15 días del mes de marzo de cada año, respecto de los saldos y sumas de abonos efectuados en los productos e instrumentos a reportar durante el año calendario anterior.

La primera quincena de marzo del año 2024, correspondería enviar al SII la información referida por los meses de enero a diciembre del año 2023.

¿Qué es la Ley N° 21.453 y cuáles son sus alcances?
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