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Aguinaldo Fiestas Patrias: Quiénes lo reciben

Leonardo Zúñiga - Editor
2 Min de Lectura
Esta suma de dinero se entregará a jubilados del Instituto de Previsión Social (IPS) y trabajadores del sector privado.
Esta suma de dinero se entregará a jubilados del Instituto de Previsión Social (IPS) y trabajadores del sector privado.

Durante el próximo mes en que se celebrará los 212 años de la firma del acta de independencia que declara a Chile como un país soberano, las y los pensionados van a recibir el dinero conocido como aguinaldo.

Además, ante la posible promulgación del proyecto que nombra el próximo 16 de septiembre como día feriado por motivo de las Fiestas Patrias, hace que sea urgente contar con una suma que permita mitigar las constante alzas en los precios de los alimentos.

Así, que este aguinaldo para pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que se paga una sola vez, se entrega con la respectiva pensión de septiembre.

Recordemos que el monto base del aguinaldo de Fiestas Patrias 2022 es de $21.882. A esto se le suman $11.226 por cada carga familiar que esté acreditada al miércoles 31 de agosto de 2022.

¿Quiénes son los beneficiarios del aguinaldo de Fiestas Patrias 2022?

-Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).

-Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

-Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.

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-Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.

-Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).

-Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).

-Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley Nº 19.129.

-Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).

-Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.

No obstante, para los empleadores del sector privado, entregar el aguinaldo a sus trabajadores no es una obligación legal.

Sin embargo, pueden recibirlo cuando este contemplado en su contrato de trabajo o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.

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