El Bono por Hijo es un beneficio estatal que se paga junto a la pensión de la mujer por cada hijo nacido vivo o adoptado.
El trámite para solicitar la bonificación se puede realizar durante todo el año a través de la plataforma web IPS en Línea, la Sucursal Virtual y las oficinas de ChileAtiende.
Si tienes que realizar un trámite, ten en cuenta 👇
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— ChileAtiende Oficial (@ChileAtiende) September 30, 2022
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Cabe mencionar que las mujeres deben tener 65 años de edad o más, y residir en territorio chileno por un período de 20 años, contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años.
De igual modo, la beneficiaria tiene que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud, detalla el sitio web de ChileAtiende.
¿Quiénes pueden recibir el bono?
–Afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
–Titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU) -que reemplazó a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV)-, a contar del 1 de julio de 2009.
-Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.
¿Qué necesito para realizar el trámite?
-ClaveÚnica, si hace el trámite en línea.
-Cédula de identidad vigente.
-Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.
Puedes elevar una solicitud de forma presencial (oficinas de la institución previsional a la que está afiliado (AFP) o en una oficina ChileAtiende.
Además, este trámite puede realizarse en línea o en la sucursal virtual. ENTRA AQUÍ PARA SOLICITAR EL BONO POR HIJO.
¿Cómo se calcula el bono?
-Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
-Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.