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Conoce las excusas que acepta Servel para no ser vocal de mesa en las elecciones del 7 de mayo

María José Peressini
3 Min de Lectura
Servel vocal de mesa
Una mujer se desvaneció durante la jornada de votación

Durante el fin de semana, el Servel hizo público el registro de los individuos seleccionados que serán vocal de mesa en las elecciones del 7 de mayo. En ellas se elegirá al Consejo Constitucional y se requerirá la participación obligatoria de los votantes. Te contamos cuáles son las excusas válidas para no llevar adelante esta obligación.

El Servel ha comunicado las siguientes excusas que son válidas para no ejercer como vocal de mesa:

https://www.instagram.com/p/CrDnJYQu1l7/

  • Ser inhabilitado según lo establecido en el artículo 45 o haber sido seleccionado como miembro del colegio escrutador.
  • Estar fuera del país o en una localidad distante que se encuentra a más de 300 kilómetros, o no tener comunicaciones expeditas. En este caso, la junta calificará la situación.
  • Tener que realizar otras funciones en los mismos días y horarios en que se llevan a cabo las elecciones, según lo estipula la ley.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, lo que debe ser confirmado por un médico mediante un certificado.
  • Trabajar en un hospital en los mismos días en que se llevan a cabo las elecciones. Debe ser confirmado por el director del establecimiento de salud mediante un certificado.
  • Estar embarazada durante todo el período de gestación. Esto debe ser confirmado mediante un documento emitido por el establecimiento de salud donde se haga el control prenatal, o un certificado médico.
  • Cuidar de un adulto mayor en situación de dependencia o una persona en situación de discapacidad en los mismos días en que se llevan a cabo las elecciones.

Cuándo y cómo presentar las excusas para no ser vocal de mesa

Desde hoy, lunes 17 de abril, hasta el miércoles 19 de abril. Todos deben presentar sus excusas ante el Secretario de la Junta Electoral correspondiente aquellos que hayan sido designados como vocales de mesa y tengan alguna razón válida para no ejercer esa función. Asimismo, el Servel requiere que se presenten los documentos que respalden las causales de inhabilidad para no ejercer.

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