Ya quedan pocos meses para finalizar el año, aunque todavía podremos disfrutar de cuatro días libres antes de empezar el 2023. Además, tendremos otro fin de semana largo durante el mes de octubre.
Sin dudas, a estas alturas del año, muchos deseamos descansar debido a las múltiples exigencias de la vida diaria.
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Por lo mismo, según el calendario, el lunes 31 de octubre (Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes), y el martes 1 de noviembre (Día de Todos los Santos), son feriados legales.
Durante el próximo mes, también el jueves 8 de diciembre (Inmaculada Concepción) será feriado, mientras el domingo 25 de diciembre se conmemora Navidad, que es un feriado irrenunciable.
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¿Quiénes deben trabajar en un feriado irrenunciable?
Asimismo según el código del Trabajo, las y los trabajadores que deben cumplir con un horario laboral normal son los siguientes:
–Establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados), fuentes de soda y pastelerías, en este último caso, siempre y cuando los clientes y clientas consuman los alimentos en el local.
–Hoteles, restaurantes y clubes, es decir, establecimientos que entreguen el servicio de alojamiento y/o comidas sólidas o líquidas para su consumo inmediato, por ejemplo: residenciales, pensiones, hospederías, albergues, moteles, bares, fuentes de soda, casinos, discoteques, churrasquerías, quintas de recreo, locales de comida rápida (incluidos los que están ubicados en los patios de comida), clubes sociales y de recreación, clubes de colonias extranjeras residentes en Chile, etc.
-Bencineras y tiendas de conveniencia adheridas al recinto, solo si en el establecimiento se preparan alimentos para consumo directo en el local.
-Farmacias de urgencia y que deben cumplir turnos fijados por la Autoridad Sanitaria o Seremi de Salud.