A medida que nos acercamos a las Fiestas Patrias en Chile, los trabajadores comienzan a hacer planes para celebrar y disfrutar de esta tradicional temporada de feriados y findes XXL. Sin embargo, una pregunta recurrente en esta época es si les corresponde un aguinaldo específico de Fiestas Patrias y bajo qué condiciones. Hoy en DUPLOS, analizaremos los detalles clave sobre quiénes tienen derecho a este beneficio y en qué circunstancias es obligatorio.
¿Quiénes recibirán aguinaldo durante las Fiestas Patrias de Chile este 2023?
En el sector privado de Chile, el aguinaldo de Fiestas Patrias no es una obligación legal para los empleadores. Esto es una diferencia fundamental en comparación con los funcionarios del sector público y los jubilados, quienes tienen garantizado este ingreso adicional.
Sin embargo, existe una serie de situaciones en las que un trabajador del sector privado podría tener derecho a recibir un aguinaldo. En primer lugar, si este beneficio está contemplado en su contrato individual de trabajo, el empleador deberá cumplir con esta obligación.
Otra posibilidad es si existe un contrato o convenio colectivo que incluye el aguinaldo de Fiestas Patrias como una obligación para el empleador. En este caso, el beneficio se convierte en un derecho para los trabajadores que formen parte de dicho acuerdo.
Pero aquí viene una interesante aclaración: incluso si el aguinaldo no está explícito en el contrato individual o convenio colectivo, aún puedes tener derecho a recibirlo. ¿Cómo?
La ministra del Trabajo, Jeannette Jara, explicó que esto es posible cuando el empleador ha entregado el aguinaldo de forma voluntaria durante dos o más años consecutivos. En este escenario, se configura lo que se conoce como un “derecho adquirido” a través de una cláusula tácita.
“Así se ha señalado a través de distintos dictámenes de la Dirección del Trabajo”, explicó la ministra, agregando que se puede entregar “en dinero o en una caja de alimentos, o puede ser también una combinación de ambas cosas”.
Es importante destacar que, en estos casos, el empleador no podrá reducir el monto del aguinaldo en comparación con los pagos anteriores. Esto significa que, si tu empleador ha otorgado un cierto monto durante varios años, no puede disminuirlo repentinamente en la presente temporada de Fiestas Patrias.