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¿Qué es el Autopréstamo y cómo funciona?

Mario Cuche
4 Min de Lectura
Conoce aquí todos los detalles del proyecto de Autopréstamo
Conoce aquí todos los detalles del proyecto de Autopréstamo

Ya hay fecha para el inicio de la discusión del Autopréstamo. Esta iniciativa fue presentada el Partido de la Gente y permite retirar recursos de las cuentas de ahorro previsional, con la condición de devolverlos en hasta 60 cuotas.

La encargada del trámite será la Comisión de Constitución, que iniciará el debate el miércoles 14 de diciembre. Entonces se revisará el contenido de este proyecto que tiene una similitud con una parte de la reforma de pensiones que ingresó el Ejecutivo este semestre.

“Hay una indicación en la reforma de pensiones pero todos sabemos que esa es una reforma bastante más grande que requerirá de bastante tiempo de discusión, que tiene distintas aristas”, dijo la presidenta de la comisión, Karol Cariola.

“La comisión consideró poder avanzar de manera paralela en relación a los autopréstamos, que sí se puede tramitar, porque es una idea matriz distinta a la de los retiros de fondos previsionales”, agregó.

“Vamos a iniciar su tramitación y a avanzar, porque si avanza de manera paralela y anticipada podría llegar a ser ley de la República de manera anticipada a la reforma previsional”, concluyó Cariola.

El contenido de la iniciativa

El proyecto establece que los afiliados al sistema de pensiones tendrán derecho, durante su vida activa, a realizar retiros en carácter de “préstamos” de sus cuentas individuales. Esto será sin límite de veces, por un monto equivalente al 15% del total ahorrado a la fecha de la solicitud.

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Ese monto se convertirá a UF el día de la entrega del dinero, no tendrá interés y deberá ser devuelto a la cuenta individual del solicitante reajustado según las variaciones de la UF, en una o hasta en sesenta cuotas.

Sobre los montos, la propuesta dice que los afiliados que al momento de presentar la solicitud tuvieran menos de $10 millones en sus cuentas y más de $1 millón, “podrán solicitar como retiro bajo este concepto, un monto de hasta un millón de pesos”.

Si el monto disponible fuera menos de $1 millón, “se podrá solicitar el monto total de lo ahorrado en calidad de préstamo como retiro bajo este concepto”.

En estos retiros no se considerarán las cuentas 2, sólo las cuentas de capitalización individual obligatorias. Además, se establece que mientras un afiliado tenga vigente un préstamo bajo esta modalidad, no podrá solicitar otro, hasta el pago de la totalidad de las cuotas pactadas.

También se explica que “los fondos autoprestados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal, no se considerarán renta y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa”.

Esto “sin perjuicio del derecho de subrogación legal del alimentario o su representante y de la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias de conformidad a lo previsto en la ley Nº 21.254, lo que afectará sólo al 30% del monto total solicitado por el afiliado”.

Finalmente, un 70% de los fondos se entregarán de manera inmediata dentro de 10 días hábiles desde el ingreso de la solicitud y el resto, dentro del plazo de 20 días hábiles.

Este es el contenido inicial de la propuesta y podría sufrir variaciones durante la tramitación.

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