Servicios que comenzarán a pagar IVA en 2023

En 2023 empezará a regir la nueva normativa tributaria que obligará a pagar IVA a varios servicios que antes no lo hacían.

Conoce los servicios que empezarán a pagar IVA a contar del 1 de enero de 2023
Conoce los servicios que empezarán a pagar IVA a contar del 1 de enero de 2023

A partir del 1 de enero de 2023 comenzarán a pagar IVA una serie de servicios que previamente no se encontraban afectos a este impuesto.

En detalle, afectará a los servicios profesionales prestados en Chile (por empresas y por algunas sociedades profesionales) y los servicios prestados desde el extranjero, cuando sean utilizados en Chile.

Por ejemplo, entre los servicios que actualmente no pagan IVA pero que sí tendrán que hacerlo cuando comience el próximo año están algunas actividades de producción audiovisual, servicios informáticos, portales web, servicios veterinarios y actividades de organizaciones religiosas, sólo por nombrar algunas (son al menos 60, el listado completo está disponible un poco más abajo).

Quedarán exentos, eso sí, el transporte de pasajeros (urbano, interurbano, interprovincial y rural); servicios ligados a la educación (colegios, jardines, universidades, entre otros), los servicio de salud ambulatoria (consultas médicas, odontológicas, psicólogos, psiquiatras, kinesiólogos, imagenología, entre otros) y otros servicios que ya estaban exentos como las entradas a espectáculos y el arrendamiento de inmuebles no amoblados.

Los cambios no aplicarán para quienes emiten boletas de honorarios por sus servicios como persona natural, precisó el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Rubros afectados por la medida

Según lo informado por el Servicio de Impuestos Internos, los servicios que deben pagar IVA en 2023 son los del cuadro compartido a continuación.

Servicios que deberán pagar IVA en 2023
Servicios que deberán pagar IVA en 2023

Las sociedades profesionales que cumplan con ciertos requisitos no pagarán el IVA a partir de enero del próximo año.

Para lo anterior deben estar conformadas sólo por personas naturales, es decir, no debe tratarse de empresas, aunque podrían asociarse con otras sociedades de profesionales.

Los socios, además, deben desarrollar exclusivamente actividades o servicios profesionales y no ejercer actividades como el comercio, entre otros requisitos.

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